Interior de nave industrial con condiciones térmicas elevadas
Normativa · NOM-015-STPS-2001

El calor en tu planta no es una molestia.Es una obligación que se inspecciona.

La NOM-015-STPS-2001 regula las condiciones térmicas elevadas en los centros de trabajo: qué hay que medir, qué hay que documentar y qué cuenta como medida de control. Esto es lo que exige y dónde encaja la climatización.

Qué regula exactamente

La norma establece las condiciones de seguridad e higiene, los niveles máximos permisibles y los tiempos de exposición a condiciones térmicas extremas que, por sus características, tipo de actividad, nivel y frecuencia, sean capaces de alterar la salud del trabajador.

El umbral que marca es corporal, no ambiental: condiciones capaces de llevar la temperatura del cuerpo por encima de 38 °C —o por debajo de 36 °C, en el caso de las abatidas—.

Y para evaluarlo no se usa el termómetro de pared, sino el índice TGBH —temperatura de globo bulbo húmedo—, que combina temperatura del aire, humedad y calor radiante. Los límites máximos permisibles se fijan según ese índice y el régimen de trabajo: ligero, moderado o pesado.

Lo que la norma obliga al patrón

Ocho obligaciones concretas. Ninguna se cumple sólo comprando equipo, y ninguna se cumple sólo con papeles.

  1. 01

    Reconocer, evaluar y controlar

    El patrón debe identificar dónde hay condiciones térmicas elevadas, medirlas y aplicar medidas de control. No basta con saber que hace calor: hay que documentar la evaluación.

  2. 02

    Informar a los trabajadores

    Comunicar los riesgos de la exposición, con constancia documental —circulares, folletos o constancias de capacitación firmadas—.

  3. 03

    Mantener el registro actualizado

    Un informe vigente de las condiciones térmicas del centro de trabajo y de las acciones de control implementadas.

  4. 04

    Capacitar al personal expuesto

    Instrucción sobre los riesgos, los límites máximos permisibles y las medidas de control aplicables a su puesto.

  5. 05

    Vigilancia de la salud

    Exámenes médicos periódicos al personal ocupacionalmente expuesto, según la vigilancia a la salud que corresponda.

  6. 06

    Señalizar y restringir

    Marcar y limitar el acceso a las zonas peligrosas por temperaturas extremas.

  7. 07

    Entregar equipo de protección

    El EPP que corresponda conforme a la NOM-017-STPS, cuando las medidas de control no bastan por sí solas.

  8. 08

    Exhibir documentación

    Poner a disposición de la autoridad los documentos que la norma exige, cuando los requiera.

Jerarquía de control

El orden importa, y casi siempre se invierte

Lo más común es empezar por el final: repartir garrafones y rotar al personal. Alivia, pero no cambia la condición del área — y es el nivel que menos peso tiene ante una inspección.

  1. Primero

    Controles de ingeniería

    Actuar sobre el ambiente: ventilación, renovación de aire, enfriamiento, aislamiento de las fuentes de calor radiante. Es el nivel que la norma privilegia porque reduce la exposición de todos, no de uno.

    Aquí es donde entra el enfriamiento evaporativo: baja la temperatura del aire y aporta renovación continua, que es lo que devuelve al cuerpo la vía de disipación.

  2. Después

    Controles administrativos

    Rotación de personal, pausas de recuperación, hidratación, ajuste de horarios a las horas menos calurosas. Reducen el tiempo de exposición, no la condición.

  3. Por último

    Equipo de protección personal

    Es el último recurso, no el primero. Y en ambientes calurosos el EPP suele agravar el problema: impide que el cuerpo disipe calor.

Lo que no vamos a decirte

Que instalar equipos «cumple la NOM-015». No es cierto, y cualquier proveedor que lo afirme está simplificando de más.

La norma exige reconocimiento, evaluación, control, información, capacitación, vigilancia de la salud y documentación. El equipo cubre una parte —la de control de ingeniería, que es la de mayor peso—, pero la evaluación del TGBH, el programa y los registros son un trabajo que corresponde a tu área de seguridad e higiene o a un organismo acreditado.

Lo que sí hacemos es dimensionar la medida de control: cuánto aire hay que mover, adónde dirigirlo y qué salto térmico es alcanzable con el clima de tu localidad.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la NOM-015-STPS-2001?

Es la Norma Oficial Mexicana sobre condiciones térmicas elevadas o abatidas en los centros de trabajo. Establece las condiciones de seguridad e higiene, los niveles máximos permisibles y los tiempos de exposición a condiciones térmicas extremas capaces de alterar la salud del trabajador.

¿Cuándo se considera que hay condiciones térmicas elevadas?

Cuando el ambiente de trabajo puede llevar la temperatura corporal del trabajador por encima del límite saludable, que la norma sitúa en 38 °C. El indicador que se usa para evaluarlo no es la temperatura del termómetro sino el índice TGBH —temperatura de globo bulbo húmedo—, que combina temperatura, humedad y calor radiante.

¿Por qué se mide con TGBH y no con la temperatura ambiente?

Porque el riesgo no depende sólo de cuántos grados marca el termómetro. Una nave a 32 °C con humedad alta y radiación de horno es más peligrosa que una a 36 °C seca y ventilada: el cuerpo disipa calor por evaporación del sudor, y la humedad se lo impide. El TGBH captura las tres variables.

¿Los límites dependen del tipo de trabajo?

Sí. La norma clasifica el régimen de trabajo en ligero, moderado y pesado, y los límites máximos permisibles de exposición se fijan en función de ese régimen y del tiempo de exposición. Un mismo TGBH puede ser admisible para trabajo ligero y estar fuera de límite para trabajo pesado.

¿El enfriamiento evaporativo cuenta como medida de control?

Es un control de ingeniería, que es el nivel que la jerarquía de control privilegia: actúa sobre el ambiente y reduce la exposición de todo el personal del área, no de un individuo. Reduce la temperatura del aire y aporta renovación continua, que es lo que permite que el cuerpo siga disipando calor. Lo que no hace es sustituir la evaluación: la medición y el registro siguen siendo obligación del patrón.

¿Basta con instalar equipos para cumplir la norma?

No. La norma exige reconocimiento, evaluación, control, información, capacitación, vigilancia de la salud y documentación. El equipo cubre la parte de control; el resto es un programa. Cualquier proveedor que prometa «cumplimiento NOM-015» sólo con vender equipo está simplificando de más.

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